Avanza la megacausa: “Para la desazón de los militares acusados" no hay cosa juzgada
- 25siete
- 7 abr
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Actualizado: hace 6 días
Por Georgina Mayo

La defensa de los tres militares acusados por los homicidios de los legisladores Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz insiste en imponer la idea de que los represores ya fueron juzgados porque son los mismos hechos y las mismas víctimas. La fiscalía especializada en delitos de Lesa Humanidad y la defensa de las víctimas, Ricardo Perciballe y Pablo Chargoñia, tiraron por tierra ese punto indicando que se trata de causas distintas y hasta víctimas diferentes.
La audiencia de control de acusación
La audiencia de control de acusación por los homicidios de los legisladores Héctor Gutiérrez Ruiz y Zelmar Michelini, además de los homicidios de William Whitelaw y Rosario Barredo, las desapariciones de Manuel Liberoff y Washington Barrios y otros 54 crímenes cometidos por militares uruguayos en Argentina, la privación de libertad de Gabriela Schroeder, Victoria Barredo y Máximo Barredo, y la supresión de estado civil de Mariana Zaffaroni y Macarena Gelman, tuvo otro capítulo este lunes que continuará con otra audiencia preparatoria del juicio oral en mayo próximo. La investigación que comprende desde violaciones a los derechos humanos desde 1974 a 1976, tiene el objetivo de condenar a Ricardo Arab, Ricardo Medina Blanco y José Silveira.
El fiscal Ricardo Perciballe subrayó que la megacausa incluye hechos y víctimas que no fueron nunca juzgados. Recordó durante más de media hora en la audiencia de este lunes que en su momento la fiscalía y la justicia no investigaron crímenes perpetrados durante la dictadura debido a la existencia de la Ley de Caducidad. “Ese es el origen”, dijo enfático el fiscal Perciballe al recordar porqué la fiscalía y la justicia ni siquiera investigaron a los tres militares mencionados en esta causa que investiga los asesinatos más emblemáticos de la dictadura militar. “Después que terminara la dictadura se presentaron denuncias pero no prosperaron porque el comandante del Ejército de entonces (Hugo Medina) no permitió que sus subalternos fueran a la justicia”. La ley 15.848 -siguió Perciballe- estableció que caducara la pretensión punitiva del Estado para delitos perpetrados hasta el 1 de marzo de 1985. Era el Poder Ejecutivo que disponía qué casos estaban o no comprendidos en la Ley de Caducidad y así ni policías ni militares comparecieron en la justicia sino hasta 20 años después de que la democracia se reinstalara en Uruguay. Con respecto a la Ley de Caducidad, Perciballe dijo que “en 2009 hubo una sentencia histórica del Poder Judicial -a instancias de la exfiscal Mirtha Guianze- oportunidad que la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la ley de Caducidad para el caso del homicidio muy especialmente agravado de Nibia Sabalsagaray.
También el fiscal recordó la sentencia Gelman que ordena a Uruguay investigar los crímenes de lesa humanidad y concluyó que, recién ahora estamos con las manos libres, para investigar. Periballe agregó que “si no se comprende la existencia de la ley de Caducidad no se puede entender porqué no hay cosa juzgada en esta causa que se investiga”. Acerca de la cosa juzgada en la que se apoya la defensa de los militares imputados, Periballe dijo que en los casos de las víctimas Washington Barrios, Hugo Cores, Ricardo Gil Iribarne, entre otras, “no desconocemos que en otros expedientes se los mencione, pero se los nombra como testigos porque nunca fueron hallados responsables quienes reprimieron a estas víctimas”. Añadió que “por la desaparición forzada de Washington Barrios nunca hubo ninguna imputación”.
Cargoñia: "yo mismo denuncié 28 homicidios"
Por su lado, el abogado del Observatorio Luz Ibarburu, Pablo Chargoñia, dijo que “las víctimas tienen derecho a juicio y derecho a la verdad y cualquier decisión que limite el juicio será, sin duda, una afectación a la protección de sus derechos humanos. La obligación del Estado uruguayo es asegurar las disposiciones de la Convención Interamericana de DDHH”. El comportamiento de los acusados -siguió Chargoñia- se desarrolló en Uruguay y en Argentina, siendo funcionarios del Estado.
Subrayó que “no hay cosa juzgada: yo mismo denuncié la causa de 28 homicidios perpetrados durante la dictadura (en el llamado segundo vuelo de la muerte) y las víctimas de esa causa no son las de la presente que se investiga para la desazón de la defensa de los militares”.
Para José Arab el pedido es de 30 años, 22 años de penitenciaría para Jorge Silveira, y 10 años y seis meses para Ricardo Medina Blanco.
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