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Con Alicia Deus, abogada de víctimas en los casos Valizas y Operación Océano

Entrevista de Georgina Mayo

Las repercusiones sobre el caso del campamento de Valizas continúan. Alicia Deus, abogada de la denunciante, respondió a 25siete sobre la perspectiva de género que cree faltó en la sentencia, sobre el principio de inocencia en los delitos sexuales y sobre la Operación Océano.


- Cómo valora desde el punto de vista técnico de la sentencia del Tribunal de Apelaciones de 3er Turno sobre el caso de Valizas?

- Carece de perspectiva de género para el derecho vigente en el país, no es algo opcional del Tribunal de turno sino que es esencial para cumplir el mandato constitucional de igualdad y no discriminación. Los estándares internacionales que los Estados están obligados a acatar no pueden ser argumento para disminuir o exonerar de responsabilidad por delitos de violencia basada en género, sean delitos sexuales o directamente femicidios: lo engañó, lo volvió loco, se le apareció desnudao la pasión provocada por el adulterio. La sentencia infiere que la víctima incitó previamente con insinuaciones a tres hombres. Es el manido argumento machista de que la víctima es culpable porque los provocó y los varones no tuvieron más remedio que cumplir con sus instintos. En el juicio se alegó explícitamente por parte de la Defensa que la víctima era ninfómana y que engatusó a los pobres muchachos. También que era lesbiana, bisexual y hasta educadora sexual. Todo eso construyó un perfil de la víctima que permeó el fallo absolutorio. El consentimiento sexual debe ser libre y voluntario, sin coacciones, expreso y para cada acto. Si es para un beso no puede deducirse válidamente que también lo será para una penetración. Tres hombres adultos y jóvenes y una sola mujer de noche sin otras personas y todos alcoholizados. Todo ocurrió en menos de media hora además. Se sigue exigiendo prueba de la resistencia física en un abuso sexual a pesar de que el propio tipo delictivo no lo exige (art 272 bis y ter del Código Penal). En resumen se utilizaron todos los ya reconocidos estereotipos de género para desvalorizar la palabra de la víctima. Se dice que no probó el estrés postraumático. Absurdo. Esta exigencia probatoria sin perspectiva de género no es nueva en nuestros tribunales. La neutralidad de género en la valoración de la prueba en los delitos sexuales trae como consecuencia los altísimos índices de impunidad que los han caracterizado históricamente con consecuencias gravísimas para la vida de las víctimas.


- La sentencia del Tribunal señala que la protección de ese colectivo no puede suplir carencias probatorias.

- Precisamente el desconocimiento de lo que constituye la perspectiva de género en la aplicación del derecho. ¿De qué colectivo estaríamos hablando? ¿De la mitad de los seres humanos? No se busca protección, se exige el derecho al acceso a la justicia en pie de igualdad con los varones. Supone investigar y valorar la prueba sin prejuicio ni estereotipos de género. Y también supone considerar que la gran mayoría de quienes violan y abusan sexualmente de otras personas son varones y no mujeres. Y también son varones quienes matan por razones de género. La violencia basada en género está en la estructura de la sociedad y se expresa en estos delitos. El sistema de justicia no puede hacer que no existe y exigir el mismo estándar probatorio para el abuso sexual que para un hurto.


- En su criterio, ¿el principio de presunción de inocencia aplica a las personas denunciadas por delitos sexuales?

Por supuesto, soy abogada y conozco los principios constitucionales para todas las personas sin exclusiones. Eso no está en cuestión en mis consideraciones respecto al caso ni en las actuaciones de la fiscalía de Rocha que actuó de acuerdo a derecho en todo momento.


- En relación al caso de la Operación Océano, qué comentarios le merece lo ocurrido en la última audiencia respecto al acceso al segundo celular de la principal víctima que usted patrocina? ¿Hay riesgo de nulidad de juicio por lo ocurrido?

- Estoy de acuerdo con la fiscal en que se ha dado una cuestión anómala y grave. De los 75 mil archivos que tenía el disco que la policía entregó a las defensas, justo desapareció el contenido del celular de la víctima que más incrimina a los imputados. La pregunta es a quién beneficia esto. La respuesta es clara: a los imputados. Y las Defensas que lo aprovechan para hacer el circo mediático y salir en los informativos. Pero ese es otro tema. En cuanto a la nulidad, todavía se está en la etapa de investigación y hay otras evidencias que incriminan a los formalizados. No puedo contestar todavía. Hay que ver si las defensas interponen y sus fundamentos. Creo que no son todos los que cacarean.


- La fiscal Darviña Viera atribuyó en Radio Sarandí lo ocurrido a una “mano negra”, ¿comparte esta afirmación?

Seguramente pasó algo raro. Es obvio que esto es grueso y perjudica a la Fiscalía, por lo que su intención nunca ha podido ser ocultar información a las Defensas como se ha sostenido. No tiene sentido ocultar precisamente las evidencias en las que se basa las imputaciones y que fueron proporcionadas al momento de las formalizaciones.

Publicación original: 25/02/2021

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