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Cosa juzgada: Gavazzo no responderá por el homicidio muy especialmente agravado de Roberto Gomensoro

La defensa del militar retirado argumenté en base a la legislación nacional e internacional de derechos humanos. Pese a la confesión ante el Tribunal de Honor castrense, primó el principio garantista de non bis in ídem.

El juicio contra José Gavazzo por el homicidio muy especialmente agravado de Roberto Gomensoro no será reabierto, tal como lo había dispuesto el Juzgado Letrado de Paso de los Toros a solicitud de la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad.

Así lo dispuso el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º turno, como lo adelantó la periodista Georgina Mayo en TNU la semana anterior.

En referencia a la confesión realizada por Gavazzo ante el Tribunal de Honor, el fiscal Ricardo Perciballe entendió que se estaba ante un “hecho nuevo” que habilitaba a reabrir la causa, lo que fue acogido por la jueza Naama Cóccaro.

La defensa del militar retirado, multicondenado por delitos durante el terrorismo de Estado, argumentó en favor de que el caso tenía estado de cosa juzgada y repasó diversas normas nacionales e internacionales, como la Constitución de la República, el Pacto de San José de Costa Rica, la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Estatuto de Roma.

El Tribunal, conformado por los ministros José Balcaldi, Ricardo Míguez y Daniel Tapié, indica en la sentencia a la que acceció 25siete que “tal cosa no es un hecho nuevo porque [Gavazzo] siempre estuvo vinculado personalmente al suceso en el juicio que se le siguió, de lo contrario mal podría haber sido encausado bajo la imputación de coautoría de un delito de homicidio muy especialmente agravado”. Recuerda que “declaró varias veces y expuso las razones por las cuales estuvo en esa época en dicha ciudad a pesar de no tener ningún destino allí” y que el propio Tribual en una sentencia previa en la misma causa había señalado que “normalmente son las propias malas explicaciones de los imputados las que terminan incriminándolo: pretender que no sabía, nada escuchó en el pueblo sobre un tema que conmovió a Paso de los Toros termina por ser una declaración no sólo de pésima justificación sino claramente indicativa de mala conciencia y probable culpabilidad.”

Por ello, el Tribunal, en aplicación del principio no bis in ídem (que impide juzgar dos veces a una misma persona por el mismo hecho), sentenció que el militar -ya condenado en otras causas de lesa humanidad- no podría ser juzgado por la muerte de Gomensoro por la que había sido sobreseído, pese a la posterior confesión ante sus pares.

El fiscal Perciballe interpondrá un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. Mientras tanto, la causa penal que involucra al senador y ex jefe de Ejército Guido Manini, surgida por su presunta omisión de cumplimiento del deber denunciar los hechos confesados por Gavazzo ante el Tribunal de Honor, se juega toda en el terreno político.


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