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Korzeniak: referéndum no es un "palo en la rueda", sino un "progreso democrático" constitucional
Actualizado: 23 ago 2022
Por Georgina Mayo
“Lejos de ser un palo en la rueda, es un progreso democrático”, dijo el catedrático especialista en Derecho Constitucional, José Korzeniak, en referencia a los dichos del Poder Ejecutivo sobre la consulta popular que se realizará el 27 de marzo para derogar 135 artículos de la Ley de Urgente Consideración.
El referéndum contra las leyes es un mecanismo de gobierno directo establecido en la Constitución de 1967, pero el referéndum ya estaba establecido desde antes de ese año.
Korzeniak recordó que en la Constitución de 1934, durante la dictadura de Terra, "se incorporó este instrumento de gobierno directo -tal vez para compensar otras disposiciones que apuntaban a perpetuar el poder de Terra- pero lo cierto es que se incluyó al igual que el derecho de huelga".
En la década del 40 -siguió el constitucionalista- Justino Jiménez de Aréchaga ya definiía que “el Cuerpo Electoral está más cerca de la nación que los tres Poderes”.
Korzeniak sostuvo que el “referéndum es un progreso democrático porque en nuestra primera Constitución se definía nuestro sistema de gobierno como republicano, democrático y representativo pero luego en la siguiente reforma constitucional se eliminó la palabra representativo porque se incorporaron instrumentos como el referéndum y la iniciativa popular que son instrumentos de gobierno directo. Por eso nuestro sistema de gobierno es semi representativo".
El catedrático indicó que el artículo 82 es muy claro sobre que el Cuerpo Electoral está por encima de los tres poderes: “la nación adopta para su gobierno la forma democrática republicana. Su soberanía será ejercida directamente por el Cuerpo Electoral en los casos de elección, iniciativa y referéndum, e indirectamente por los Poderes representativos que establece esta Constitución”.
La iniciativa popular también prevista en la Constitución al igual que el referéndum nunca se aplicó en el país. Permite que con el 25% firmas del padrón electoral se presente ante el Parlamento determinada ley que el pueblo desee se apruebe. Si el Parlamento no lo hace también se termina en una consulta popular como cuando se plantea la derogación de una norma.
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