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#OperaciónMaléfica - 12 condenados a penas de 8 meses a 4 años redimibles por estudio o trabajo

Por Georgina Mayo

La investigación conocida como Operación Maléfica encabezada por la fiscal de Colonoa Sandra Fleitas resultó en 12 personas condenadas por delitos de asociación para delinquir y vinculados al comercio de estupefacientes. La indagatoria comenzó hace más de ocho meses a partir de una rapiña en el balneario Artilleros de ese departamento. Los 13 imputados -los 12 ahora condenados y el imputado por rapiña en 2021-, podrán redimir sus penas por estudio y trabajo.


La investigación de la fiscal, Sandra Fleitas, se inició el 10 de mayo de 2021. En el balneario Artilleros el ya imputado de iniciales N.C.P. cometió una rapiña (cuya pena permite que pueda redimirse cada día de reclusión por tres de estudio o trabajo).


También se concluyó -según el pedido de condena al que accedió 25siete- que el imputado formaba parte de una asociación para delinquir. La investigación continuó con la pericia de su celular y se verificó que se comunicaba con organizadores y planificadores de distintas actividades delictivas tendientes a la negociación, suministro, a título oneroso o gratuito y/o permuta de vehículos robados a cambio de la entrega de marihuana, cocaína, pasta base y LSD.


Entre las evidencias descritas por la fiscal, las conversaciones mantenidas entre C. y G.V.M., se concluye que “ambos hablan sobre la posibilidad de negociar armas de fuego tales como pistolas, revólveres e inclusos fusiles de asalto AR 15, recibiendo a cambio no solamente dinero, sino también sustancia estupefaciente”.


También surge que el primero de los imputados por rapiña en 2021 pidió a su interlocutor que “arme” vehículos clonados, tales como autos, motos y camiones para poder venderlos según se aprecia en chats de fecha 23 de abril del 2021 donde C. le dice “G. hago algunos clones de alguna moto o de alguna cosa un auto, lo que pinte clono. Llevo para allá y lo cambiamos por droga en algún lado”.


El pedido de condena de la fiscal Fleitas también señala que otros dos indagados “suministraban de estupefacientes al primero de los imputados para que este finalmente comercializara en la 'boca' de drogas que funcionaba en su finca ubicada en Juan Lacaze, información que surge de las correspondientes vigilancias electrónicas debidamente autorizadas judicialmente, sobre los celulares que utilizaban dos de los imputados”.


Comenzada la vigilancia electrónica se pudo determinar que otro de los imputados se domiciliaba en Montevideo y se dedicaba a la venta de bienes de consumo en un puesto de feria, así como a la comercialización de estupefacientes donde otro de los indagados suministra a “bocas” de drogas en varias localidades del país, siendo una de ellas la regenteada por el indagado que vivía en Juan Lacaze, quien se verificó realizaba negocios de efectos productos de ilícitos tales como vehículos.


De la investigación se concluyó que la hija de uno de los imputados regenteaba una “boca” de drogas en su domicilio, según surge claramente de las conversaciones mantenidas con su padre, indica el pedido de condena de la fiscal. Incluso -sigue- en alguna oportunidad, el padre se mudó para el domicilio de su hija con el fin de “hacerse cargo” en caso de que su hija fuera investigada por la Policía (surge de las vigilancias electrónicas realizadas)”.


La vigilancia electrónica sobre otro de los 12 condenados, tras la Operación Maléfica, pudo determinar que “se dedica a la venta de estupefacientes tanto de marihuana como cocaína, en la zona de Rosario y Juan Lacaze".


La extensa indagatoria constató que a partir de las detenciones de seis personas que salían de la boca de pasta base en Juan Lacaze -consumidores de esa sustancia y que se la habían comprado a uno de los ahora condenados pagando por cada dosis la suma de 100 pesos-, se conoció que en la finca viven varias mujeres, entre ella la madre de uno de los imputados. La mujer, según la investigación, también comercializaba drogas.


Tras los allanamientos realizados en Montevideo y Colonia, los 12 condenados lo fueron por los delitos de asociación para delinquir agravado, un delito de suministro de sustancias estupefacientes agravado y un delito de tenencia para no consumo y tráfico interno de armas de fuego. Las penas van desde los cuatro años de penitenciaría de cumplimiento efectivo, hasta tres años, 20 meses, 24 meses y 8 meses de prisión.


El suministro de estupefacientes está tipificado en el artículo 35 de la Ley Nº 14.294 y tiene una pena prevista de 2 a 6 años de penitenciaría.


La Ley Nº 17.897, que prevé el sistema de redención de las penas, establece que el juez concederá la redención por estudio o trabajo a los condenados a pena privativa de la libertad. Se les descontará un día de reclusión por dos días de estudio para todos los delitos, excepto para el delito de suministro de estupefacientes para el que se conmutará un día de reclusión cada tres de trabajo o estudio.


Los delitos de mayor incidencia según el balance publicado por la Fiscalía General de la Nación: hurto, rapiña, estupefacientes, violencia doméstica, lesiones personales, homicidio, desacato, armas de fuego y explosivos, están todos amparados por el régimen de redención de penas.


A todo esto, días pasados el penalista Diego Camaño informó a 25siete que no todos los establecimientos carcelarios otorgan la posibilidad de efectivizar el régimen de redención de penas.

Publicación original: 28/01/2022


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