Pereira Campos: sentencia chilena que priorzó acceso a la información es "super interesante"
Por Georgina Mayo

El abogado Santiago Pereira Campos, Profesor en Derecho Procesal, dijo que el tema de la confidencialidad -en este caso sobre las compras de las vacunas contra el Covid-19-, está instalado a nivel mundial. Pereira Campos respondió a 25siete luego de la sentencia dictada en Chile e informada por este portal acerca del acceso público a la información sobre las negociaciones en torno a la compra de las vacunas.
“Es una sentencia súper interesante”, dijo Pereira Campos y agregó que “hay un gran debate a nivel mundial sobre el conflicto entre la confidencialidad establecida en cláusulas contractuales firmadas por el Estado con empresas particulares, y por otro lado, el derecho de acceso a la información que tienen todos los ciudadanos por ser una actividad del Estado”. "El punto de equilibrio -siguió- entre estos dos valores que entran en conflicto suele ser que, de regla toda, información es pública, salvo que por algunas causales específicas se disponga la reserva o el secreto, como se ha hecho en Uruguay en algunas oportunidades".
Lo interesante es que “la jurisprudencia chilena en este caso dio prioridad no a toda la información requerida pero sí a gran parte, priorizando el derecho que tienen los ciudadanos a conocer cómo se llevó a cabo la negociación, con quiénes se realizó, en qué términos y cuáles fueron las bases de ese acuerdo”.
Pereira dijo que “obviamente depende del marco jurídico que cada país tenga. Desconozco el particular de Chile, pero imagino que a nivel general es similar al nuestro y lo que se ve en la sentencia que se discute -en las distintas etapas del proceso judicial-es si había o no motivos suficientes para declarar reservadas algunas cuestiones o debería haber prioridad el derecho a la información".
"El tema de la confidencialidad está en gran debate en todo el mundo, porque por un lado las empresas tienen ciertos derechos a mantener en reserva aspectos de la negociación, pero por otro lado -siguió Pereira Campos- el Estado tiene la obligación de brindarle a la sociedad sobre los términos de la contratación".
Indicò que estos mismos debates se han dado en Uruguay sobre los arbitrajes de inversión en el pasado, cuando el Estado ha negado el acceso a la información. En Uruguay, dijo el especialista, "tradionalmente los jueces han sido bastante respestuosos en los casos en que se dispone la reserva, siemore y las causales que se invocan sean las establecidas en la ley".
Publicación original: 25/01/2022
Comments