25siete
#TorturaBajoCustodia - Investigación reveló cómo murieron los presos bajo el terrorismo de Estado
El estudio forense concluyó que la tortura fue principal causa de muerte de las 108 víctimas de la represión estatal dentre del país entre el 27 de junio de 1973 y el 28 de febrero de 1985.
Asi concluye el primer reporte sistematizado sobre la muerte bajo custodia de los detenidos políticos durante la dictadura militar realizada por el Departamento de Medicina Legal de la Facultad de Medicina, del que ya informara 25siete.
Según el estudio llevado a adelante por Hugo Rodríguez, Natalia Bazán, Victoria Iglesias y Evangelina Pérez, entre 27/06/1973 y 28/02/1985 murieron bajo custodia en Uruguay por motivos políticos 108 personas: 36 en centros de detención clandestina, 34 en establecimientos de detención de la dictadura, 19 durante operativos de detención y 19 continúan desaparecidos.
El estudio de las causas de la muerte mostró que el 69% fueron violentas y que la tortura fue la causa principal de muerte. Dentro de las torturas responsables de las muertes de los detenidos se cuentan el submarino, las golpizas hasta la muerte, el "plantón" y la deprivación de agua, alimento y descanso.
Los autores asignaron como causa de muerte la tortura solo en aquellos casos en los que pudieron demostrar "que el fallecimiento se produjo a consecuencia de las agresiones físicas, deprivación de agua, alimentación o descanso, accidentes o autoagresiones ocurridos en el contexto de los intrerrogatorios en centros de detención clandestinos o irregulares, así como -por defecto- a todas las personas desaparecidas".
También señanal que en 9 de las 32 muertes "naturales" existieron "negligencias o fallas asistenciales con ostensible incidencia en el resultado letal". En esta grupo incluyeron aquellos casos en que "no hubo evidencia de una violencia externa, pero se comprobaron negligencias y/o fallas asistenciales que incidieron en forma manifiesta en el resultado letal" o en los que "se observó una ostensible pérdida de chance por falta de diagnóstico y/o tratamiento oportunos". Agregan los autores que las "malas condiciones de detención o los malos tratos recibidos no se consideraron per se un criterio de inclusión en este grupo, si no se demostró su nexo causal con la causa de muerte".
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