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#UE - Tribunal de Justicia dictaminó que Bélgica no podría negarse a la detención de Puigdemont

En una petición prejudicial, el Tribunal Supremo español preguntó si la justicia de Bélgica puede negarse a ejecutar una orden de detención europea contra el exdirigente catalán por los delitos de "sedición" y de "malversación de caudales públicos".

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, actuando como órgano consultivo, dictaminó una autoridad judicial del un país miembro no puede denegar la ejecución de una orden de detención europea, salvo que se prueben deficiencias sistemáticas o generalizadas que afecten al sistema judicial del país solicitante.


Según el Tribunal, “el principio de confianza mutua entre Estados miembros tiene una importancia fundamental en el Derecho de la Unión, dado que permite la creación y el mantenimiento de un espacio sin fronteras interiores". "Pues bien -contnúa-, dicho principio obliga a cada uno de los Estados miembros, en particular en lo que se refiere al espacio de libertad, seguridad y justicia, a considerar, salvo en circunstancias excepcionales, que todos los demás Estados miembros respetan el Derecho de la Unión, y, muy especialmente, los derechos fundamentales reconocidos por ese Derecho.”

Agrega que “el grado de confianza elevado entre los Estados miembros en el que se basa el mecanismo de la orden de detención europea parte de la premisa de que los órganos jurisdiccionales penales del Estado miembro emisor que deberán sustanciar el procedimiento penal de enjuiciamiento o de ejecución de una pena o de una medida de seguridad privativas de libertad y el procedimiento penal de fondo una vez ejecutada la orden de detención europea cumplen las exigencias inherentes al derecho fundamental a un proceso equitativo".

Publicada: 19/07/2022





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