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A Iván Morales lo golpearon hasta la muerte

Actualizado: 18 ene 2022

El Tribunal de Apelaciones confirmó el procesamiento con prisión del coronel Lawrie Rodríguez , señaló que hay prueba suficiente y que el imputado contó con todas las garantías.

Así lo reveló el periodista Mauricio Pérez, tras conocerse el extenso fallo redactado por la ministra Graciela Gatti, que contó con el voto conforme de los ministros Alberto Reyes y Sergio Torres, confirmando que "existen elementos de convicción suficientes que

avalan el procesamiento dispuesto".


El auto de procesamiento de primera intancia había sido dictado por la jueza Isaura Tótura, tras más de una década de investigación judicial, al hacer lugar al pedido del fiscal Ricardo Perciballe. Ese fue uno de los fallos duramente cuestionados por el senador Guido Manini el pasado 14 de abril, quien sostuvo que los imputados por delitos de lesa humanidad cometidos durante el terrorismo de Estado no disponen de garantías. Según el Tribunal de Apelaciones "basta analizar las actuaciones cumplidas, donde se advierte el respeto de todas las garantías para concluir que de ninguna manera se limitó o violó derecho alguno del imputado".


El coronel retirado Lawrie Rodríguez, cuyo procesamiento con prisión como coautor de del homicidio especialmente agravado de Iván Morales, ahora confirmado, se desempeñaba en el Regimiento de Caballería Nº 9 donde Ivan Morales fue torturado hasta la muerte. Tres expertos forenses designados por la Facultad de Medicina, que informaron en base a los elementos aportados por la propia militar de la época, concluyeron que Morales murió a causa de las golpizas que le propinaron sus interrogadores en el Regimiento de Caballería Nº 6, tal como lo adelantó 25siete (ver la nota).


El Tribunal de Apelaciones señaló que "no puede dejar de advertirse que bajo ninguna circunstancia, matar a una persona a golpes para extraerle información nunca, en ningún contexto, puede ser considerado una actividad lícita. No comunicar que ello ocurrió y no hacer nada para identificar a los autores y tomar las medidas del caso para que los mismos puedan ser responsabilizados supone entonces el encubrimiento de éstos". Y agregó: "El homicidio se produjo en el marco de un interrogatorio sujeto a apremios físicos, a una persona detenida por actividades subversivas, en el año 1974, cuando el Estado de Derecho no regía en el país y donde la estructura y organización de la lucha antisubversiva estaba planificada de modo tal que tales actos, esto, es los apremios a detenidos, o tortura, que podían incluso terminar en muerte, como ocurrió con Iván Morales, no eran sancionados por quienes correspondía".

Publicación original 16/09/2020

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