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#Firmas - Senadores del FA buscan suspender el cómputo sin afectar el plazo constitucional

Por Georgina Mayo

El Frente Amplio presentó en el Senado un proyecto de ley para que se pueda recolectar firmas una vez que termine de regir las disposiciones sanitarias que prohíben las reuniones. El senador blanco Jorge Gandini adelantó su posición contraria.


En el contexto de la pandemia que ha registrado en Uruguay el mayor número de muertes por millón de habitantes a nivel mundial, los 13 senadores del Frente Amplio presentaron en la cámara alta una iniciativa que regula la suspensión del cómputo del término para la interposición del recurso de referéndum, contra cualquiera de las leyes dictadas. Así lo indicò a 25siete el senador Charles Carrera (MPP-FA).


La actual recolección de firmas apunta a la derogación de 135 artículos de la Ley Nº 19.889, la llamada ley de urgente consideración (LUC), promulgada el 9 julio de 2020, a través de un plebiscito.


El objetivo del proyecto de ley, al que tuvo acceso 25siete, no es modificar el plazo de un año para recolectar las firmas. Ese plazo, establecido en la Constitución de la República, no se modificaría, aún aprobándose este proyecto.


La iniciativa procura suspender el cómputo durante el período en el que estén vigentes las medidas de limitación del derecho de reunión y prohibición de aglomeraciones.


En la exposición de motivos los legisladores señalan que, en aplicación del principio del impedido por causa justa para el ejercicio de los derechos, no corren los términos. En este caso, tiene por objeto suspender el cómputo del plazo durante la vigencia del límite al derecho de reunión dispuesto por razones de salud pública.


Indican que el referéndum es un derecho que se desprende del derecho de participación política, tal como lo consagra la Convención Interamericana de Derechos Humanos, indica el proyecto, y recuerda que se postergaron las elecciones departamentales en 2020 y que también por ley se limitó el derecho de reunión por razones de salud -al amparo del Artículo 38 de la Constitución-, prohibiendo las aglomeraciones.


"En ese contexto -sostiene el proyecto- adquiere relevancia el plazo de un año que establece la Constitución para la interposición del recurso de referéndum, y en especial su cómputo, que comienza a correr a partir del día siguiente a la promulgación de la ley por parte del Poder Ejecutivo". Agrega que "se trata de un principio que pertenece al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y que también está integrado en nuestro ordenamiento jurídico".


Entonces que extiendan el mandato del gobierno

Consultado por 25siete el senador oficialista Jorge Gandini señaló que no acomparán el pedido de la Comisión Nacional Pro Referéndum de extender el plazo para la recolección de las firmas, porque "no votamos una ley claramente inconstitucional, más allá de otras consideraciones políticas que conducen al mismo resultado".


Sobre la iniciativa presentada por los trece senadores del Frente Amplio de suspender el cómputo el plazo en razón de las medidas sanitarias dispuesta por el gobierno, el dirigente blanco ironizó: "Me está gustando para pedir que nos extiendan un año el mandato del gobierno por todo lo que no pudimos hacer con la pandemia". "Es como decir que: con pademia, la Constitución se suspende", finalizó.

Publicación original: 18/04/2021


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