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Fusilados de Soca fueron quemados antes de morir: esperan interrogatorio de Mato Narbondo en Brasil

Por Georgina Mayo

Pedro Mato Narbondo y Manuel Cordero también están involucrados en los cinco homicidios muy especialmente agravados de cinco militantes del MLN en la localidad de Soca. Días pasados, por esta causa conocida como Fusilados de Soca (1974) fue procesado el exmilitar José Arab. Además, según los documentos en los que se basó el fiscal Ricardo Perciballe para solicitar el pedido de procesamiento, Arab -quien operaba con el represor José Gavazzo en Argentina-, pidió en 1972 perseguir a quienes resistían a la dictadura "sin tener días de descanso", pese que en ese año Arab fue pasado a disponibilidad.


Los cinco militantes que fueron secuestrados en Buenos Aires y luego trasladados a Montevideo fueron quemados en vida días antes de ser fusilados. Manuel Cordero se encuentra cumpliendo pena en Argentina y no se espera que sea extraditado a Uruguay porque deberá cumplir la pena en el vecino país.


En tanto, el fiscal Ricardo Perciballe solicitó que se juzgue en Brasil la responsabilidad de Mato Narbondo quien cuenta con nacionalidad brasilera. Ese país no extradita a sus nacionales y por eso el fiscal Perciballe solicitó se lo juzgue además en el país norteño por su participación en el homicidio de Luis Batalla, militante del Partido Demócrata Cristiano perpetrado en 1972; por la causa de 28 mujeres torturadas en dictadura, y por la causa del homicidio de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, en 1976.

 

La causa Fusilados de Soca tuvo su primer imputado luego de una extensa investigación. El 8 de noviembre de 1974 fueron detenidos en Buenos Aires por su vinculación al MLN-T por fuerzas argentinas y uruguayas, Graciela María Estefanell Guidali de 34 años, Héctor Daniel Brum Cornelius de 28, su cónyuge María de los Angeles Corbo Aguirregaray de 26 años, quien se encontraba embarazada. Floreal Gualberto Amaral Larrosa, de 31 años de edad y su cónyuge Mirta Yolanda Hernández, de 29 años de edad.


Los cinco fueron detenidos junto a Julio César Abreu Nandín quien no tenía vinculación alguna con la organización política. Los mencionados Brum, Corbo y Hernández fueron detenidos en un cumpleaños que se celebraba en barrio Once de aquella ciudad y García y Abreu en momentos en que salieron a comprar alimentos para el festejo. El niño Amaral García Hernández, tenía 3 años al momento del secuestro y luego de esto estuvo desaparecido 11 años. Los detenidos fueron maniatados y encapuchados. Permanecieron cuatro días en un garaje siendo torturados. Luego fueron subidos a casas rodantes y trasladados a nuestro país en forma clandestina vía aérea, al centro también clandestino casona de Punta Gorda.


En dicha finca, los detenidos fueron sometidos a nuevos interrogatorios bajo tormentos físicos, obteniéndose información relativa a la organización mencionada. Abreu que pudo visualizar a las víctimas: “Floreal cuando se baja el pantalón tenía todo absolutamente quemado, uñas, todas las piernas, los testículos y el pene era una masa de carbón, labios, ojos, oreja, lengua todo, no sé que parte no tenía quemada…Brum se movía también a él no lo ví muy en detalle lo vi con grandes quemaduras pero no en detalles como a Floreal…A Graciela si la vi, estaba vestida pero la cara era toda quemada y toda inflamada…”.


El 20 de diciembre de 1974, Floreal García, Mirtha Hernández, Héctor Brum, María Corbo y Graciela Estefanelli, fueron trasladados a la intersección de las rutas 70 y 9 donde fueron ejecutados de varios disparos de armas de fuego. La ejecución de las víctimas, dice la sentencia, se relaciona con la muerte del Coronel Ramón Trabal exDirector del SID un día antes, quien fue asesinado en París el día 19 de diciembre de 1974, cuando se desempeñaba como agregado militar de la Embajada uruguaya en Francia, según el Informe Técnico del Equipo de Historiadores de la Secretaría de Derechos Humanos para el Pasado Reciente de Presidencia de la República, así como el testimonio del testigo Víctor Semproni.


El niño Amaral fue entregado al matrimonio integrado por Dorothy Gonella y José Antonio Moreno - ambos integrantes del SIDE – e inscripto en forma falsa como Manuel Moreno Gonella, siendo ubicado por su familia de origen en julio de 1985, en Formosa Argentina, restituyéndole así su identidad. Una vez perpetrados los homicidios, el agente de Policía Técnica Roberto A. Verdier manifestó que las víctimas habían sido “acribilladas a mansalva” y que “se encontraban con sus manos atadas a sus espaldas con hilo de nylon y Graciela Estefanell desnuda con su rostro vendado”.  La sentencia concluye que el secuestro fue resultado de un procedimiento realizado por el Departamento III del SID entre quienes revistaban José Nino Gavazzo, Manuel Cordero, José Arab y Gilberto Vázquez, quienes operaban en Argentina.


Manuel Cordero, quien cumple condena en Argentina, declaró ante el Tribunal de Honor donde reconoció que desempeñó funciones en Argentina. Al ser preguntado acerca de cuánto tiempo estuvo en Buenos Aires, declaró “un año, estuve con el Capitán Arab un año en Buenos Aires y tuve bastantes desinteligencias”. También Gilberto Vázquez, ante el Tribunal de Honor reconoció que operó en Argentina: “pueden traer treinta testigos para probar que estuve en la Argentina, no tienen porque inventar porque es verdad, por eso cualquier Juez me procesa. Yo no fui a la Argentina por gusto mío sin que supieran los mandos…fui Jefe del Departamento III del SID y tuve áreas en la Argentina y también fui a otros países” .


“Yo era soldado e hice lo mejor que pude, tuve que matar y maté y no me arrepiento. Tuve que torturar y torturé…”  José Gavazzo  declaró haber viajado a Argentina a realizar enlaces con las fuerzas de aquel país e incluso operar en el centro clandestino de detención “Automotores Orletti”. Al ser preguntado por la cantidad de viajes que realizó a Argentina declaró: “La cantidad de viajes no la tengo precisa deben haber sido 5 o 6 viajes, las fechas no las recuerdo. Fueron entre fines de 1975 y el año 1976, no recuerdo la fecha con precisión…


Los cometidos era ser Oficial de enlace con integrantes de las fuerzas argentinas…oficial de enlace es un oficial que tiene el cometido de mantener el contacto e intercambio de información entre las unidades de cualquier tipo…Inicialmente el enlace se hizo simplemente llevando o trayendo información por escrito…Posteriormente las fuerzas argentinas abrieron una base denominada OT 18 -en referencia a Automotores Orletti- que era entonces a ese lugar donde concurría como oficial de enlace”.


Ricardo Arab declaró en la misma causa que entre los años 1971 y 1976 con el rango de Capitán cumplió funciones en el Dpto. III del SID, bajo la clave 313 y posteriormente 305. Al ser preguntado si cumplió funciones de enlace en el exterior, contestó “si siendo ayudante del General Prantl, fui al SIDE en Argentina a la sede Central, que fue el único lugar que concurrí, fueron 4 o 5 veces.


La primera vez fue en Agosto de 1976, iba cada 15 días y la última vez no recuerdo. Iba solo”. De su legajo personal surge que a partir del 1° de agosto de 1972 comenzó a cumplir funciones en el SID. El 31 de agosto de 1972 el director de ese servicio el Coronel Ramón Trabal, consignó “Habiendo pasado a situación de “Disponibilidad” se presenta el suscripto el día 1° de agosto del corriente año, solicitando se le permitiera colaborar con éste servicio, ya que era su deseo continuar actuando en el marco de las operaciones contra la sedición, aun durante el tiempo que permaneciera en dicha situación de revista.


Durante los treinta y un día de permanencia en el Servicio de Defensa, consagró enteramente su esfuerzo a cumplir con entusiasmo y franca disposición las tareas que le fueron asignadas, sin ajustarse en absoluto a horarios y no disponiendo en el período de ningún día de descanso. Participó en diversas tareas de carácter intelectual tales como el procesamiento de profusa y variada información:….Participó asimismo repetidamente en operación de búsqueda de información…”.


El fiscal de delitos de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, solicitó el procesamiento con prisión de: José Ricardo Arab Fernández bajo la imputación de cinco delitos de homicidio muy especialmente agravado por haberse perpetrado en forma posterior a otros, dos delitos de privación de libertad, uno de ellos en reiteración real con un delito de abuso de autoridad contra los detenidos, un delito de supresión y suposición de estado civil, todos ellos en régimen de reiteración real, en calidad de coautor. La jueza Isaura Tórtora procesó a Arab por cinco delitos de homicidio muy especialmente agravados, dos de privación de libertad y abuso de autoridad contra los detenidos, un delito de supresión y suposición de estado civil, en calidad de coautor.

Publicado: 05/12/2023

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