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Rechazaron someter al polígrafo a una vícitma de la Operación Océano

Georgina Mayo

La justicia rechazó la prueba de un polígrafo para que se aplicara en una de las víctimas de la Operación Océano. La defensa del imputado solicitó ese instrumento porque sostiene que miente. La jueza Beatriz Larrieu se sorprendió sobre el pedido


En abril pasado la defensa de uno de los 32 imputados de la Operación Océano solicitó que se autorizara la conexión al polígrafo de la víctima cuando se le tomara declaración anticipada, según un fallo de la jueza Beatriz Larrieu al que tuvo acceso 25siete.


La defensa del imputado indica que la víctima mintió en su declaración ante la fiscal Darviña Viera “incalculables veces y cambia el contenido de la declaración durante la investigación”, sostuvo en su escrito. La defensa propuso la empresa uruguaya “Polígrafo en Uruguay” a cargo del exforense del Poder Judicial, Guillermo López. En su pedido indicó que el objeto de la conexión es tener “directamente una supervisión de los signos vitales en todo momento durante el interrogatorio”.


Los abogados de la víctima sostuvieron que es inadmisible la solicitud porque entendieron que “es otro intento de desacreditar de antemano su testimonio. La solicitud del polígrafo no resiste el menor análisis: el Código de Proceso Penal reconoce derechos a la víctima pero su participación es esencialmente voluntaria; el polígrafo requiere el consentimiento informado de la persona que se va a someter, y por esto no puede imponerse por la sede ni para las víctimas ni para ninguno de los partícipes del proceso”. También sostuvieron “la falta de fiabilidad y poca base científica para validar las pruebas por polígrafo”.


La justicia rechazó la prueba de un polígrafo para que se aplicara en una de las víctimas de la Operación Océano. La defensa del imputado solicitó ese instrumento porque sostiene que miente. La jueza Beatriz Larrieu se sorprendió sobre el pedido


La fiscal Darviña Viera se opuso a la solicitud de la defensa del imputado.

Viera indicó que el Código no establece que los testimonios puedan recibirse mediante colocación de polígrafo y agregó que es la declaración de una víctima de violencia de género y subrayó que las normas nacionales e internacionales disponen las condiciones en las que debe declarar.


La fiscal se preguntó si con el polígrafo se pretende sustituir la valoración del medio de prueba por el juez. La fiscal también indicó que el polígrafo no es fiable.


La decisión

La jueza Beatriz Larrieu se refirió a sentencias del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º turno que indicó que se trata de un polémico medio de prueba”, y el consenso que hay es “en su falta de confiabilidad”.


La poca fiabilidad -relata la sentencia del Tribunal de Apelaciones- de los resultados del detector de mentiras fue ya puesta en escena por expertos estadounidenses y mexicanos.


En los casos en los que se usa un detector de mentiras en torno a una investigación criminal, donde se interroga a un individuo sobre hechos específicos, el detector de mentiras indica quien está mintiendo "a una tasa mucho mayor que una probabilidad aleatoria", aunque aún muy corta para la perfección. Por ejemplo, si entre 10 mil entrevistados hay diez espías verdaderos, calibrar la prueba para detectar ocho de diez generaría 1606 acusaciones falsas, o sea la sospecha recaería sobre uno de cada seis entrevistados


La jueza Larrieu no sólo rechazó el pedido de prueba sino que escribió en su fallo que es más cuestionable que sea la víctima del delito la persona a la que se pretende someter al polígrafo. Recordó que los casos que han habido en Uruguay corresponden a solicitudes del propio imputado de ser sometido a la “prueba del polígrafo” como método para intentar "probar" su inocencia.


En el caso, el defensor de un imputado peticiona que sea la víctima de un delito sexual y la jueza subrayó en coincidencia con la fiscal y la defensa de la denunciante, que “la solicitud contraviene toda la normativa internacional y nacional aplicable a las víctimas de delitos en general y a las víctimas de delitos sexuales en particular”.


Por otra parte, la jueza aclaró que las declaraciones de las víctimas en la fiscalía son diligencias de la investigación pero no son pruebas. Dijo además que no es posible imponerle a una víctima la obligación de declarar, menos aún puede imponerse que la declaración se preste en las condiciones solicitadas, esto es, sometida a un “detector de mentiras”.


De acuerdo con la información que resulta de la página web de la empresa ofrecida por la defensa (polígrafo.uy), la declarante debería estar “conectada” (físicamente) al equipo y ser interrogada por la persona encargada del manejo de dicho equipo, presente en la sala. O al menos su declaración sería "supervisada" por esa persona, como expresa la propia defensa solicitante, quien por lo tanto debería estar presente en la misma sala que la víctima.


Tampoco sería posible, dice el fallo, realizar preguntas abiertas sino solamente preguntas sugestivas, a fin de corroborar o refutar los dichos de la víctima en sede de fiscalía.


La jueza indicó que sería un trato deshumanizado y discriminatorio, que podría encuadrar en la hipótesis de violencia institucional.

Publicación original : 14/05/2021


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