URSEA: ¿la gestión oculta del herrerismo?
Actualizado: 8 feb 2021
Por Javier Fernández
El 10 de setiembre de 2020 la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) abrió una Consulta Pública sobre el anteproyecto que modificaría la determinación de los precios de paridad de importación (PPI).
El articulo 236 de la Ley Nº 19.889, conocida como Ley de Urgente Consideración (LUC), promulgada el 9 de julio de 2020, encomendó a la URSEA revisar los métodos del cálculo de los PPI en un plazo de 60 días desde su entrada en vigencia (14/07/20).
Por ello, la URSEA dispuso la puesta en Consulta Pública Nº43, referida al anteproyecto, con un plazo de solo 4 días, publicándola el 11 de setiembre y recibiendo aportes, contradicciones u observaciones hasta el 15 de setiembre de 2020. Significativamente, fue la primera vez que la URSEA dio un plazo menor a 15 días para una Consulta Pública.
La metodología vigente desde 2017 hasta el pasado año, contenía 38 páginas y consideraba, entre otros aspectos, los costos de los servicios relacionados con la importación de combustibles en Uruguay, los objetivos de las políticas públicas, tanto sociales como ambientales y económicas, constituyendo un ejercicio teórico con ciertas bases conceptuales muy claras.
El nuevo anteproyecto, más escueto que el anterior (26 páginas), tiene como agregados a los artículos 235 y 236 de la LUC, y el Decreto 241/020, firmado por el Presidente Luis Lacalle Pou, hace mención a “ajustes por calidad, de conformidad con la normativa que dicte la URSEA…” y a “costos eficientes de almacenamiento y despacho…”.
Las especificaciones técnicas (la calidad) que cumplen los productos elaborados en ANCAP no son tenidas en cuenta en las referencias elegidas para la comparación de precios (PPI), sino que se basan en posibilidades de oportunidades de encontrar productos de mejor calidad (seguramente basadas en la “esperanza”). Sin embargo, dentro del listado de productos utilizados para la comparación se incluye una nafta con casi 4 veces el contenido de benceno (producto cancerígeno) que la elaborada bajo especificaciones por ANCAP; también ocurren similares incongruencias en las comparaciones con otros productos, como por ejemplo en las especificaciones del índice de cetano del gasoil de referencia.
En un informe elaborado por ANCAP en setiembre 2020, en referencia a la metodología eficiente de la evaluación de los PPI, se afirma que “…la nueva propuesta de precios para cada combustible deberá considerar el precio de paridad resultante de importar el producto terminado y hacerlo disponible en las plantas de distribución de ANCAP, y que esto no es un ejercicio teórico como hasta el presente, sino aplicado a la realidad de nuestro país y principalmente considerando que se debe garantizar el suministro de la demanda de combustibles tanto en cantidad, calidad y continuidad …”.
El 8 de octubre, URSEA abrió otra Consulta Pública referida a especificaciones cuantitativas para la metodología de los PPI (Consulta Nº45), con plazo hasta el día 23 del mismo mes. En dicha propuesta, URSEA reduce a 30 días el requerimiento de seguridad de suministro, que obliga a mantener un nivel de stock para garantizar la producción. Pero ANCAP se rige por recomendaciones internacionales de mantener 61 días de inventarios (de crudo y/o derivados) cuando existen operaciones de refinación propia, e incluso muestra en un informe técnico que el promedio del año pasado fue de 68 días, por lo cual explica que tal reducción compromete legalmente al cumplimiento del suministro confiable y oportuno.
Sumado a todo este plan de la URSEA, sin sustentos técnicos fiables y basados en supuestos que hasta se contradicen con la lectura del Decreto impulsado por el actual gobierno, el mismo día que se abría la Consulta Publica Nº45, en la Comisión de Presupuesto se aprobó un artículo que libera la importación de combustibles en puertos, innovación que responde a un pedido del ministro de Industria, Omar Paganini Herrera y que el Frente Amplio cuestionó por entender que es un “negoción para los privados”.
Se están creando las herramientas no solo para la desmonopolización del ente, sino que además, se tejen estrategias para mostrar ineficiencias económicas teóricas (inexistentes) con algún fin ya conocido, como es el pasaje de ANCAP al Derecho Privado. Detrás de todo esto, hay fines estratégicos promocionados por ciertos sectores agropecuarios y por el Partido Nacional, a quienes ya se les ha demostrado mediante diversos informes que las diferencias en los precios de los combustibles comparados con referentes internacionales no son atribuibles a los costos de producción, sino que responden principalmente a los impuestos aplicados a los precios de ANCAP (IMESI e IVA).
Publicación original: 13/01/2021
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